La octava semana de la Convención Constitucional: en tierra derecha

Como corolario de los acuerdos adoptados en el último Pleno, la Convención Constitucional decidió enmendar las normas básicas de funcionamiento de sus comisiones provisorias con el fin de uniformar las fechas de término de las actividades de las tres primeras Comisiones creadas por Pleno -Reglamento, Ética y Presupuestos y Administración Interior – con el término de las tareas de las cinco comisiones restantes. De igual manera, en el curso de la semana pasada se discutieron las normas dirigidas a regular la recepción y codificación por parte de la Comisión de Reglamento de las diversas propuestas reglamentarias formuladas par las restantes comisiones.

Tal como se anunció el pasado martes 17 de agosto, en la sesión 16° del Pleno de la Convención Constitucional, se otorgó un plazo de 24 horas para la formulación de indicaciones a la propuesta presentada por la Mesa Directiva, las cuales serían debatidas y votadas durante la sesión del Pleno del martes 24 de agosto de 2021[1].

Así, durante la sesión 17a del Pleno de la Convención Constitucional del pasado 24 de agosto se llevó a cabo la votación de las enmiendas formuladas por los colectivos políticos y las y los constituyentes a la propuesta de la Mesa Directiva destinadas a regular el plazo de término de las comisiones provisorias y el procedimiento para sistematizar, concordar y refundir las diversas propuestas normativas en el proyecto de Reglamento de la Convención Constitucional[2].  

Entre las reglas y cambios aprobados cabe destacar en primer término, el establecimiento de la fecha del 28 de agosto de 2021 como oportunidad para la entrega de las propuestas de normativa reglamentaria por parte de las comisiones provisorias. En segundo lugar, el Pleno aprobó un conjunto de indicaciones al artículo octavo transitorio que establecieron los requisitos para presentar enmiendas a las propuestas de Reglamento aprobadas en general en el Pleno, ampliando el plazo para presentar indicaciones de 24 a 48 horas, exigiendo contar, además, con el patrocinio de 30 constituyentes. El convencional constituyente Ignacio Achurra (CS – Apruebo Dignidad) -uno de los autores de la indicación- fundamentó esta enmienda, apelando al trabajo colectivo desarrollado en cada Comisión y la deferencia que la Convención debía observar con los resultados de dicho trabajo, por lo cual toda modificación debía reflejar un consenso representado en una mayor cantidad de patrocinios para suscribir una enmienda.   Finalmente, el constituyente Achurra precisó que la exigencia de un mayor número de patrocinios buscaba inhibir la presentación de numerosas indicaciones individuales dilatando la discusión y votación del Reglamento definitivo[3].  

De igual manera, se aprobó una modificación que radicó en el Pleno la discusión y votación de las propuestas de enmiendas al proyecto de Reglamento definitivo, las cuales una vez aprobadas deben ser informadas a la Comisión de Reglamento para ser incorporadas al texto definitivo del Reglamento de la Convención Constitucional. Está enmienda sustituyó la propuesta original de la Mesa Directiva que entregaba a la Comisión de Reglamento el debate y votación de las enmiendas formuladas en el Pleno. Por otra parte, se aprobó un nuevo artículo noveno transitorio que confiere a la Mesa Directiva, en coordinación con la Comisión de Reglamento, la atribución de establecer los plazos para la sistematización y presentación del proyecto de Reglamento definitivo, en virtud de número de normas reglamentarias presentadas y las indicaciones aprobadas.

Por último, dado que la mayoría de la Comisiones provisorias no sólo debían formular propuestas reglamentarias, sino que el Pleno les había asignado otras tareas y objetivos, tales como promover instancias de participación a través de audiencias públicas, documentar hechos históricos o recoger testimonios de grupos y colectivos históricamente excluidos, se votaron favorablemente dos nuevas normas transitorias que buscaron regular los plazos para la entrega de sus insumos. Una primera regla -la décima disposición transitoria- que establece como fecha de vencimiento para la entrega de los citados informes a las Comisiones Provisorias hasta antes de la dictación del Reglamento definitivo. La segunda norma -la undécima disposición transitoria- que alude específicamente al trabajo de la Comisión de Derechos Humanos, Verdad Histórica, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición vino a regular dos plazos: el 10 de septiembre de 2021, como fecha de vencimiento para la entrega de un conjunto de insumos al Pleno (compilado de tratados internacionales de derechos humanos, documento ejecutivo sobre Verdad Histórica, Reparación y Garantías de No Repetición sobre la base de lo propuesto por los pueblos originarios, y las organizaciones sociales y comunitarias, un glosario de términos, etc.) y el 11 de octubre de 2021 para la entrega del documento final de Verdad Histórica, Reparación y Garantías de No Repetición.

En palabras de sus autores, ambas propuestas se fundaron, por un lado, en asegurar la trazabilidad de la participación popular y contar con los plazos suficientes para concretar la devolución de las propuestas formuladas por diversas organizaciones, agrupaciones y personas que intervinieron en distintas comisiones de la Convención, y por otra, en el caso particular de la Comisión de Derechos Humanos, contar con una mayor holgura de tiempo para ordenar y sistematizar la información de más de 300 audiencias públicas que dicha comisión celebró[4].

Las modificaciones a las Normas Básicas para el funcionamiento provisional de la convención constitucional y al Reglamento para el funcionamiento provisional de las nuevas comisiones, así como sus textos definitivos pueden ser revisados en los siguientes links: https://bit.ly/3gNMpds y https://bit.ly/3zykvtl.

Durante la semana, las distintas Comisiones provisorias de la Convenció Constitucional continuaron con su trabajo para cumplir con los objetivos específicos establecidos en las normas reglamentarias que las crearon.

La Comisión de Descentralización, Equidad y Justicia Territorial finalizó durante el martes 24 de agosto la realización de audiencias públicas en regiones, desarrollando su última actividad itinerante en las dependencias de la Universidad de O’Higgins, ciudad de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (VI Región), recibiendo a diversas agrupaciones, organizaciones y personas de la zona que realizaron sus presentaciones ante los integrantes de la Comisión. El registro de las audiencias públicas puede ser revisadas en el siguiente link: https://bit.ly/38uUdMt.

Con el propósito de profundizar el funcionamiento descentralizado de la Convención Constitucional, la Presidencia del órgano constituyente suscribió el pasado 26 de agosto con todos los Gobiernos Regionales convenios de colaboración para poder funcionar en las localidades y regiones del país, fortaleciendo la dimensión local y nacional del proceso constituyente en curso[5].

Por su parte, la Comisión de Derechos Humanos y sus subcomisiones siguieron recibiendo propuestas de la sociedad y sus organizaciones. En ese sentido, el miércoles 25 de agosto la Comisión en un hecho inédito para la institucionalidad del país, se trasladó hasta el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín durante la jornada de la mañana para recoger las propuestas de las reclusas. Tal como lo manifestaron los convencionales constituyentes Carolina Vilches (Ind-Comunes) y Pedro Muñoz (Colectivo Socialista), el objetivo de la visita fue incluir en el debate constitucional las voces de personas y sectores históricamente excluidos, como lo son las personas privadas de libertad, así como también abogar por el establecimiento de mecanismos de participación efectiva de estas personas y buscar soluciones institucionales que les permita sufragar en el plebiscito de salida[6]. Las notas de prensa sobre la visita y sesión de la Subcomisión pueden ser revisadas en el siguiente link: https://bit.ly/3yyEtTc.

Durante la jornada de la tarde del miércoles 25 de agosto, las subcomisiones de Marco General de DDHH, Ambientales y de la Naturaleza y de Verdad Histórica, Reparación Integral y Garantías de no repetición continuaron recibiendo a distintas organizaciones y personas en audiencias públicas, en virtud del cronograma de trabajo fijado para dicha sesión.

Por su parte, la Comisión de Ética presentó el jueves 24 de agosto su propuesta reglamentaria en materia de ética, prevención y sanción de las distintas violencias y de probidad y transparencia.

Entre las principales materias que reúne la iniciativa se incluyen el establecimiento de principios, normas y reglas destinados a orientar la convivencia al interior de la Convención Constitucional, aplicables a las y los convencionales constituyentes, asesoras y asesores debidamente acreditados ante la Convención, funcionarias/os, trabajadoras/es y colaboradores del órgano constituyente. Además, el reglamento establece un conjunto de definiciones de conductas como el de conflicto de interés, noticias falsas y negacionismo. Se propone una institucionalidad representada en el Comité de Ética, Probidad, Transparencia, Prevención y Sanción de las Violencias de la Convención Constitucional, cuyo objeto es prevenir, conocer, resolver y sancionar todo conflicto de carácter ético en los términos establecidos en el reglamento y que afecten a los convencionales constituyentes. El Comité estaría integrado por miembros externos a la Convención Constitucional, los cuales deben ser ratificados por el Pleno de la Convención, a propuesta de la Comisión de Ética.

Además, se establece un listado taxativo de conductas infractoras a los principios de ética en el ejercicio del cargo, de igualdad, de no discriminación y perspectiva de género y de probidad y transparencia, regulando un conjunto de sanciones como la amonestación, censura y suspensión, ésta última medida, consistente en inhabilitar al convencional constituyente a participar en las Comisiones y cuya aplicación por tercera vez de la sanción conlleva la suspensión por 15 días corridos sin derecho a voz y con derecho a voto. Por último, la propuesta reglamentaria establece los distintos procedimientos para conocer, fallar y aplicar lo resuelto frente a infracciones éticas suscitadas en el seno de la Convención Constitucional.

Sobre los conceptos de negacionismo, noticia falsa y la tipificación de diversas sanciones, se suscitó un intenso debate en la opinión pública sobre los alcances de las definiciones consagradas en el Reglamento y la procedencia en la aplicación de determinadas sanciones, como lo son la suspensión del derecho de palabra de un/a convencional constituyente sancionada por tercera vez o el establecimiento de programación de formación[7].

La propuesta de Reglamento de ética y convivencia; prevención y sanción de la violencia política y de género, discursos de odio, negacionismo y distintos tipos de discriminación; y de probidad y transparencia en el ejercicio del cargo elaborado por la Comisión de Ética puede ser revisado en detalle en el siguiente link: https://bit.ly/3yxE5o0  

La Comisión de Reglamento se reunió en jornadas maratónicas el martes 24[8], miércoles 25[9], jueves 26[10] y viernes 27 de agosto[11], para estudiar, deliberar y votar las indicaciones realizadas a la propuesta preliminar de reglamento[12].

Entre las principales innovaciones aprobadas se encuentran el establecimiento de siete comisiones temáticas y permanentes: la Comisión sobre Derechos Fundamentales: Derechos Políticos, Civiles, Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y Sobre Derechos Colectivos de los Pueblos Naciones Indígenas Preexistentes al Estado; la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía; la Comisión sobre Forma Jurídica del Estado, Equidad Territorial y Organización Fiscal, Política y Administrativa; la Comisión sobre Derechos Fundamentales: Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y sobre Derechos Colectivos de los Pueblos Naciones Indígenas Preexistentes al Estado, la Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Comunes y Modelo Económico, la Comisión sobre Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional y la Comisión sobre Sistemas de Conocimiento, Ciencia y Tecnología.

Cabe señalar, además, la incorporación de un conjunto de principios rectores para orientar la aplicación de las normas del Reglamento y la actuación de la Convención, entre los que destacan el principio de preeminencia de Derechos Humanos, de igualdad y prohibición de discriminación, enfoque de género y perspectiva feminista, plurinacionalidad, interculturalidad, entre otros.

Por otro lado, se establece el deber de la Mesa Directiva con asistencia de la Secretaría Técnica, de aprobar y proponer una propuesta de cronograma general de trabajo de la Convención, sometida a la aprobación del Pleno; se regula la rotación de la Mesa Directiva y se establece un mecanismo de revocación del mandato de los integrantes de la Mesa.

En cuanto al procedimiento de formación de la propuesta de norma constitucional se opta por una tramitación “lineal”, con etapas establecidas que se abren a partir de un determinado hito y se extinguen una vez finalizada la deliberación constituyente. Este procedimiento contempla la presentación de iniciativas constituyentes tanto de los convencionales como de la sociedad civil, de los pueblos originarios y el pueblo tribal afrodescendiente, el estudio y debate de las propuestas y eventuales enmiendas en las respectivas comisiones temáticas, el trabajo en el Pleno y la votación de las propuestas, el cierre del debate constitucional, la redacción del Proyecto de Constitución por parte de la Mesa Directiva ¾momento en el que se consolida el total de normas constitucionales aprobadas por la Convención¾ y la revisión del Proyecto de Constitución para ser sometido a indicaciones de armonización destinadas sólo a resguardar la calidad técnica y la coherencia del texto constitucional, resolviendo posibles inconsistencias entre los contenidos aprobados cuya tramitación finaliza con su incorporación a la propuesta de Constitución Política que será sometida a plebiscito constitucional.

Respecto al quorum de aprobación de normas constitucionales se reafirma el guarismo de los 2/3 de las y los convencionales constituyentes en ejercicio, se suprimen los denominados “Lineamientos generales orientadores para la Nueva Constitución Política” y se rechazó la implementación de plebiscitos dirimentes. La negativa de la Comisión de Reglamento de refrendar este mecanismo de participación popular se fundó, principalmente, en que dicha materia se encontraba siendo analizada con mayor detalle y profundidad en la Comisión de Participación Popular y Equidad Territorial[13]; instancia en la cual fue aprobada e incorporada a su propuesta reglamentaria[14].

Finalmente, se sumó a la propuesta de Reglamento, el Estatuto de las y los convencionales constituyentes regulando sus derechos y deberes en el ejercicio de su cargo.

La propuesta definitiva de la Comisión de Reglamento publicada el día 28 de agosto de 2021 puede ser revisada en el siguiente link: https://bit.ly/3t1pAry.

Cabe recordar que, según las Normas Básicas para el funcionamiento provisional de la convención constitucional y el Reglamento para el funcionamiento provisional de las nuevas comisiones y sus últimas modificaciones, las propuestas reglamentarias de las restantes Comisiones debían ser remitidas hasta el 28 de agosto de 2021 a la Comisión de Reglamento para su sistematización y concordancia a fin de ser sometida a conocimiento y votación del Pleno.

Los informes evacuados por las distintas comisiones pueden ser revisados en detalle en los siguientes links: https://bit.ly/3jwuPfV (Comunicaciones, Información y Transparencia); https://bit.ly/3zEvvFG (Derechos Humanos, Verdad Histórica y bases para la justicia, reparación y garantías de no repetición); https://bit.ly/3mWiIKS (Descentralización, Equidad y Justicia territorial);  https://bit.ly/38rVFzh (Comisión de Ética); https://bit.ly/2V5nrP6 (Participación Popular y Equidad Territorial) y https://bit.ly/3kK73ML (Participación y Consulta Indígena).

En el caso de la Comisión de Presupuestos y Administración Interior, en la medida que dicha instancia dictó durante el curso de las últimas semanas un conjunto de decisiones reglamentarias ya aprobadas por el Pleno no fue necesario evacuar informe alguno sobre esta materia.

El texto comparado de las propuestas de Reglamento y las normas reglamentarias de las Comisiones provisorias puede ser revisada aquí: https://bit.ly/3BH4rWX.

La Convención Constitucional atraviesa sus últimas semanas de instalación y organización de cara al debate de fondo, con el desafío de articular el resultado del trabajo de las Comisiones provisorias y conciliar en uno o más cuerpos normativos las reglas que encaucen su funcionamiento, en particular, aquellas que promuevan la deliberación constituyente, que es sin duda la principal palanca del proceso de cambio constitucional.


[1] Ver la séptima entrada de nuestras Crónicas de la Constituyente, titulada: “La séptima semana de la Convención Constitucional: la constituyente itinerante”.  https://bit.ly/3DwtM7x.

[2] El detalle de la “Reforma sobre extensión de plazo de comisiones y votación de la propuesta de reglamento” puede ser consultada en la décimo séptima sesión de 24 de agosto de 2021, en la sección “Documentos sobre Tabla”: https://bit.ly/3zAfSPw.

[3] Véase https://bit.ly/2WFCcbZ. A partir del minuto 1:12:48.

[4] Véase https://bit.ly/2WFCcbZ. A partir del minuto 1:44:19.

[5] Cooperativa, jueves 26 de agosto de 2021 “Convención firmó convenio con gobernadores para acercar el trabajo a las regiones”. https://bit.ly/3kFlNML. El registro visual de la actividad y firma del convenio puede ser revisado en el siguiente link: https://bit.ly/3DBXuZ0.

[6] Teletrece, miércoles 25 de agosto de 2021, “Convención Constitucional: Comisión de DDHH sesiona en cárcel de mujeres” https://bit.ly/3t2ZjJn.  CNNChile. “Convencionales de la Comisión de DD.HH sesionaron en la cárcel de mujeres de San Joaquín”. https://bit.ly/3mVNTGa.

[7] El Desconcierto, jueves 24 de agosto de 2021. “Con votos en contra de Vamos por Chile: Comisión de ética de la CC aprobó sancionar la difusión de “noticias falsas”. https://bit.ly/38rvZ5R.

[8] La sesión de la Comisión de Reglamento de 24 de agosto de 2021 puede ser revisada en el siguiente link: https://bit.ly/38v2IqQ.

[9] La sesión de la Comisión de Reglamento de 25 de agosto de 2021 puede ser revisada en los siguientes links: https://bit.ly/38tqhR0 (mañana), https://bit.ly/3yHZzip (tarde) y https://bit.ly/3kDfKs1 (noche).

[10] La sesión de la Comisión de Reglamento de 26 de agosto de 2021 puede ser revisada en los siguientes links: https://bit.ly/3zx2YBJ (mañana), https://bit.ly/3yAFk5U (tarde) y https://bit.ly/3jwljJD (noche).

[11] La sesión de la Comisión de Reglamento de 27 de agosto de 2021 puede ser revisada en el siguiente link:  https://bit.ly/3t5N27c.

[12] Ver la séptima entrada de nuestras Crónicas de la Constituyente, titulada: “La séptima semana de la Convención Constitucional: la constituyente itinerante”.  https://bit.ly/3DwtM7x.

[13] Véase https://bit.ly/3t5N27c. Minuto 2:36:45.

[14] Pauta, viernes 27 de agosto de 2021, “Las claves de la propuesta de Reglamento de la Convención Constitucional” https://bit.ly/3gR3e78.

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