“Bicameralismo asimétrico y el estado de emergencia: debaten Francisco Zúñiga y Marisol Peña”

Acompañamos en esta oportunidad la intervención de nuestro coordinador general, prof. Francisco Zúñiga Urbina, en debate reproducido por el diario electrónico “El Dínamo” con fecha 05 de agosto de 2022, en el que participó con la ex ministra del Tribunal Constitucional y abogada del Centro de Justicia Constitucional UDD Marisol Peña.

Transcribimos, a continuación, la intervención del profesor Zúñiga Urbina:

Francisco Zúñiga

Uno de los aspectos más polémicos del ordenamiento político planteado en la propuesta constitucional es el bicameralismo asimétrico, que implica la desaparición del Senado, siendo reemplazado por la Cámara de las Regiones.

Para el abogado constitucionalista y académico de la Universidad de Chile, Francisco Zúñiga, este no es un tema de preocupación, sino lo contrario. Zúñiga cree que el sistema asimétrico va de la mano con el nuevo ordenamiento que surge en la propuesta: el Estado Regional.

“A mi juicio el bicameralismo asimétrico es una forma correcta para hacer frente a un Estado descentralizado como el que el texto de nueva constitución establece. El Estado Regional, con descentralización política, debe tener una Cámara Alta que sea de representaciones de las regiones. Y desde esa perspectiva, la fórmula que hemos llegado es la correcta”.

Una de las indicaciones que hace el académico tiene que ver con la nueva relación que se da entre la Cámara de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones, no solo en la nueva redistribución de sus roles, sino que en la representación social que cada una aporta.

“Este bicameralismo no debe ser entendido como uno que define una cámara importante, la Cámara Alta, y una menos importante, siendo la Cámara Baja. El bicameralismo asimétrico significa que una cámara tiene un rol institucional en cuanto cámara de representación territorial y la otra es una cámara popular de representación política del pueblo. Entonces el problema no es el bicameralismo asimétrico, que está en perfecta sintonía con la nueva forma de Estado”, afirma.

Sobre si este nuevo sistema plantea un aumento en las atribuciones presidenciales y en acentuar el sistema presidencialista, Zúñiga cree que es algo que debe ser corregido en la propuesta. “El problema del presidencialismo exacerbado es por otras cuestiones que a mi juicio deben ser corregidas: la reelección inmediata, la potestad reglamentaria autónoma, que si inconciliable de la causa de dominio legal mínimo, y noto en falta para pensar un sistema presidencial con gobernabilidad y eficiencia en sus administraciones un umbral mínimo de representación, que ponga fin a la fragmentación de partidos políticos en la Cámara Baja”.

“Siempre he sostenido que la potestad reglamentaria autónoma del presidente deja abierta la puerta a un gobierno por decreto, porque el hiperpresidencialismo que se presenta en el texto, cuando es minoritario, para no ser la presidencia una prisionera del poder legislativo, la tentación del gobierno por decreto es cierta”, afirma.

Además, el académico es crítico del exceso de partidos políticos en el país, ya que genera sobrerrepresentación de grupos que no coinciden con la realidad del país. “Entiendo que la democracia de hoy es una de partidos y que el desafío es fortalecerlos como organización dotada de programa de gobierno y como una que selecciona a la clase política, que sean responsables y con vocación de poder y por lo tanto están abiertos para suscribir acuerdos que favorezcan la gobernabilidad”.

Otro de los puntos que han sido contenciosos sobre la nueva propuesta es la idea de que esta propuesta allana el camino a una eventual dictadura populista. Zúñiga cree que no es el caso, porque la propuesta misma consta de resguardos propios para evitar que se dé una situación de ese tipo.

“El hiperpresidencialismo que consagra el texto de nueva constitución sigue teniendo los resguardos típicos del presidencialismo. Sigue siendo un sistema de separación de poderes, tenemos un poder legislativo constituido por dos cámaras y un sistema de controles del poder político eficientes. No se ha destacado lo suficiente, pero uno de los organismos que ha ganado en eficiencia y fortaleza es la Contraloría General de la República, llamada a ejercer controles de legalidad y auditorías sobre la marcha de los bienes. Por lo mismo, no hablaría de futuro, sino de riesgos o derivas a gobiernos populistas, y no creo que los haya. En todo caso, creo que el sistema político debe ser mejorado”, afirma.

Estado de emergencia

Uno de los cambios más significativos que introduce la propuesta respecto de las medidas que puede tomar el poder ejecutivo para gobernar es la eliminación del estado de emergencia, una herramienta que ha sido utilizada por todos los gobiernos, desde el retorno a la democracia, y que mas recientemente ha sido aplicada para lidiar con la situación en la Macrozona Sur.

Para el abogado constitucionalista, esta medida no implica una pérdida de poderes del Ejecutivo, porque se puede buscar utilizar otras medidas para llegar al efecto del estado de emergencia. “El texto de nueva constitución prevé solo tres estados de excepción: asamblea, sitio y catástrofe. Omite el estado de emergencia. Los estados de excepción se decretan sobre la base de ciertos conceptos que ameritan su declaratoria. Y en el caso del de catástrofe es la calamidad pública, y cuando estamos frente a ese escenario la hace el poder ejecutivo en esta propuesta. Y por lo tanto la hipótesis que establece el estado de emergencia, que es la alteración del orden público, puede ser estimada por la autoridad como una calamidad y puede ser utilizado el estado de catástrofe para hacer frente a situaciones en las que hoy se utiliza el estado de emergencia. Noto la falencia en otro campo: no está previsto un estado de excepción a la custodia efectiva de servicios públicos”, afirma.

Acceda al texto íntegro del debate en: https://bit.ly/3AlHP0b

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